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CONCEJO MUNICIPAL

El Artículo 8 del Código Municipal establece que:

El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia.

El alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

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LUIS ALBERTO MENDOZA BARRIOS
ALCALDE MUNICIPAL

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WILLIAM EMIGNO BAUSTISTA FUENTES

CONCEJAL PRIMERO

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ALDO ELIÚ MENDEZ BARRIOS

CONCEJAL SEGUNDO

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PEDRO PAÚL GONZALEZ FUENTES

CONCEJAL TERCERO

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EDGAR MARCO TULIO DE LEÓN ORANTES

CONCEJAL CUARTO

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CRISTIAN GERARDO FLORES CASTILLO

SINDICO PRIMERO

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MARTHA ALICIA VELASQUEZ DE LEÒN

SINDICO SEGUNDO

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