CONCEJO MUNICIPAL
El Artículo 8 del Código Municipal establece que:
El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia.
El alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.


LUIS ALBERTO MENDOZA BARRIOS
ALCALDE MUNICIPAL
WILLIAM EMIGNO BAUSTISTA FUENTES
CONCEJAL PRIMERO
ALDO ELIÚ MENDEZ BARRIOS
CONCEJAL SEGUNDO
PEDRO PAÚL GONZALEZ FUENTES
CONCEJAL TERCERO
EDGAR MARCO TULIO DE LEÓN ORANTES
CONCEJAL CUARTO
CRISTIAN GERARDO FLORES CASTILLO
SINDICO PRIMERO
MARTHA ALICIA VELASQUEZ DE LEÒN
SINDICO SEGUNDO
